La expansión del modelo de monocultivos agrícolas a gran escala ha resultado en una serie de impactos, entre los que se incluye el aumento del uso de agroquímicos (fertilizantes y agrotóxicos).
Recientemente, el director Nacional de Medio Ambiente Jorge Rucks dijo que los agrotóxicos están inmersos en el explosivo crecimiento agrícola del país y que hay que ser claros y reconocer que el tema ha "desbordado".
Recientemente, las autoridades de la Dirección Nacional del Medio Ambiente (DINAMA) han dado a conocer los impactos que éstas y otras sustancias químicas están causando sobre la cuenca del río Santa Lucía, que alimenta a la planta potabilizadora de Aguas Corrientes (Canelones) que abastece de agua potable al 60% de la población uruguaya.
Uno de los agrotóxicos encontrados en las aguas de la cuenca del río Santa Lucía, tanto el año pasado como éste, es el herbicida atrazina.
Ésta es una sustancia muy tóxica para el ser humano, por ser un disruptor endócrino, producir alteraciones hormonales y del sistema inmunológico y por ser cancerígeno.
Al mismo tiempo, la atrazina es tóxica para animales y plantas acuáticas.
A principios de enero de este año el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) resuelve tomar ciertas medidas a raíz del incremento y la continuidad del uso de productos formulados a base de atrazina y por haberse producido un aumento en los niveles aceptados de residuos en fuentes de agua superficiales y subterráneas.
Las medidas están focalizadas en dos puntos:
1) la venta de esta sustancia debe hacerse bajo receta profesional y
2) se establece 1 kilo como límite máximo de dosis por año y por hectárea.
La exigencia de venta bajo receta profesional también se ha vuelto obligatoria para el insecticida endosulfan, sustancia conocida ampliamente como la causante de mortandades de peces que vienen ocurriendo desde hace varios años en nuestro país y en los últimos años incluso de mortandad de vacunos.
De acuerdo al MGAP, ésta es una medida más de restricción de usos debido a su persistencia y porque se encuentra bajo revisión en el ámbito del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP’s).
Las resoluciones emitidas por el MGAP sobre la atrazina y el endosulfan son tomadas por considerarse que estas sustancias son potencialmente peligrosas para la salud humana y/o para el ambiente.
Tenemos entonces que por un lado el Ministerio de Medio Ambiente está preocupado por el aumento del uso de los agrotóxcos y por los impactos que estos están produciendo en distintas zonas del país y que por otro lado el MGAP toma medidas para controlar el uso de la atrazina y del endosulfan.
Si ambos ministerios son conscientes de que estas dos sustancias son ampliamente conocidas por su persistencia en el ambiente y por su toxicidad para el ser humano: ¿no sería más lógico que se prohibieran ambas?.
Además, es necesario recalcar que el hecho de que las autoridades emitan resoluciones sobre estas sustancias no quiere decir que éstas se puedan cumplir, ya que al estar a la venta éstas se compran y por lo tanto se usan: una razón más para ir hacia su prohibición total.
RAPAL Uruguay
Febrero 2011
E.M.Y.O.Y.